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27 de enero 2020

PARTE/S:

M., L. c/Dirección de Vialidad de Salta; Provincia de Salta - recurso de apelación

TRIBUNAL:

Corte Sup. Just. Salta

SALA:

-

FECHA:

02/08/2019

JURISDICCIÓN:

Salta


Se hace lugar a la demanda por accidente de trabajo “in itinere” interpuesta por el actor y se condena a la empleadora a resarcir el daño padecido por el dependiente. La particularidad del caso resulta de la aplicación de la ley 24028 -hoy derogada por la ley 24557-. En ausencia de las ART, en el sistema de la ley derogada, el seguro y la vía administrativa aparecían con carácter voluntario (arts. 6º y 15), erigiéndose el empleador como el principal obligado frente a un siniestro del trabajador.


Sumario:

ACCIDENTE DE TRABAJO

In itinere. Ley aplicable. Incapacidad laboral. Responsabilidad del empleador

El régimen legal de la Ley 24028, que al igual que su precedente (el de la Ley 9688 y sus numerosas modificaciones) solo consistía en un sistema especial de responsabilidad, el cual, en la reparación del daño ponía un fuerte acento en la sustitución limitada de ingresos, perseguía solo la reparación de daños personales sufridos por los trabajadores, en particular la pérdida de ingresos provocada por el siniestro laboral. A su vez, el seguro y la vía administrativa aparecían con carácter voluntario (arts. 6º y 15), erigiéndose el empleador como el principal obligado frente a un siniestro.