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15 de enero 2020
PARTE/S:
Gaspar, Silvia; Gaspar, Julia Elva; Casasola, Candelario c/León Ruiz, Adolfo; León, Alcides Efraín s/prescripción adquisitiva
TRIBUNAL:
Cám. Civ. y Com. Jujuy
SALA:
III
FECHA:
26/09/2019
JURISDICCIÓN:
Jujuy
Se hace lugar a la demanda promovida y -atento a la cesión de derechos y acciones efectuada a favor de los actores- se declara adquirido a favor de los cesionarios el dominio de una fracción de inmueble urbano individualizado, al quedar probado el carácter continuo, ininterrumpido, público y pacífico de la posesión, así como el animus domini con el que poseyó la actora, con el pago de impuestos y tasas relativos al inmueble, con las mejoras introducidas a él y su efectiva ocupación.
Sumario:
PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA
Inmuebles. Nuevo Código Civil y Comercial de la Nación
En materia de prescripción adquisitiva de inmuebles, son de aplicación las disposiciones del régimen legal anterior al sancionado Código Civil y Comercial de la Nación, por la irretroactividad que -como principio- prescribe su artículo 7; por la expresa previsión del primer párrafo del artículo 2537 y porque no se configura en el caso el supuesto de su segundo párrafo, toda vez que el plazo de la prescripción larga para la adquisición del dominio de inmuebles cuando no se invoca justo título y buena fe sigue siendo, como en el régimen anterior, el de veinte años.