Noticias
13 de noviembre 2019
PARTE/S:
Pott, Alfredo Carlos c/Patagonia Financial Holdings LLC y otros s/recurso de queja
TRIBUNAL:
Cám. Nac. Com.
SALA:
F
FECHA:
18/07/2019
JURISDICCIÓN:
Nacional
Se mantiene el laudo arbitral atacado de nulidad, pues la extralimitación invocada por las recurrentes, con fundamento en que el Tribunal Arbitral excedió sus facultades por no tener en cuenta que ellas fueron terceras no signatarias del contrato arbitral, resulta insuficiente para sustentar el planteo nulificante.
Sumarios:
LAUDO ARBITRAL
Sociedad controlante
Las obligaciones contractuales consentidas en un contrato, incluyendo las obligaciones emergentes de la cláusula arbitral, podrán ser imputadas a aquellos individuos que, en su condición de controlantes de una sociedad, ejecutaron una maniobra fraudulenta recurriendo a la creación y/o utilización de diversas sociedades con el propósito de violentar las obligaciones contractuales de una de las partes contratantes.
LAUDO ARBITRAL
Personería jurídica. Fraude
En los laudos arbitrales no corresponde que el tribunal acepte extender la legitimación activa o pasiva a una persona jurídica que no haya suscripto el acuerdo arbitral por el solo hecho de tener una relación societaria o de formar parte del mismo grupo, salvo que exista una utilización patológica de la personalidad jurídica diferenciada o que se pueda probar que este otro sujeto prestó de algún modo su consentimiento al acuerdo bilateral.