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13 de noviembre 2019

PARTE/S:

Cardozo Medina, Rafael c/Tropical Argentina SRL y otro s/despido

TRIBUNAL:

Cám. Nac. Trab.

SALA:

IX

FECHA:

18/10/2019

JURISDICCIÓN:

Nacional

Se confirma la sentencia que rechazó la demanda por despido, al juzgarse ajustada a derecho la apreciación del juez a quo, en cuanto consideró que el apelante no acreditó que su voluntad estuviera viciada al momento de cursar la comunicación que anoticiaba su dimisión, y por ello juzgó que la vinculación finalizó en los términos del artículo 240 de la ley de contrato de trabajo.

Sumario:

COSTAS

Criterio objetivo de la derrota

Si la parte resultó globalmente vencida y no se encuentra mérito para apartarse del principio general que rige en la materia, debe estarse al hecho objetivo de la derrota (artículo 68, primer párrafo, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).